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    2023-11-05
    El pasado mayo entraron en vigor nuevas medidas enfocadas en la regulación del sector inmobiliario. Con el BOE en mano, nos adentramos a aclararte los principales puntos de esta nueva ley y cómo te van a afectar en el futuro como propietario, inquilino o comprador. ¿Estás pensando en alquilar en Málaga? ¡Lee con atención! La nueva Ley de Vivienda, recogida en el BOE del 24 de mayo por el derecho a la vivienda, ha abierto titulares en todos los periódicos y televisiones del país. Cambia las reglas del juego del mercado inmobiliario, en particular a nivel alquiler. Y los cambios generan dudas. Así que, como inmobiliaria referente en Málaga, queremos esclarecer las dudas más comunes respecto a esta ley después de haberla estudiado al detalle. Resumiremos la ley en los siguientes 10 puntos.        1. Los gastos de gestión inmobiliaria correrán a cargo del propietario salvo en alquiler de temporada. Se contempla en esta nueva ley que las comisiones a agencias inmobiliarias por el alquiler de una vivienda deben ser abonados por el arrendador o propietario salvo en aquellos alquileres de uso distinto al de vivienda habitual, esto es en los de temporada. Esta nueva norma afecta de manera unánime a todas las comunidades autonómicas sin excepción. Entonces, ¿qué podría exigirse al futuro inquilino? Como es habitual, además de demostrar solvencia, el propietario puede o debe de pedir: La fianza exigida por ley, siendo de carácter obligatorio la entrega de, al menos, una mensualidad en carácter de garantía para futuras reparaciones a la finalización del contrato. Garantías adicionales que blinden el alquiler como, por ejemplo, la contratación de un Seguro de Caución o Impago de alquileres e incluso Seguro de Animales que cubra los posibles desperfectos que una mascota pueda generar en la casa o un Seguro de caución 2. Las actualizaciones del alquiler dejarán de estar ligadas al IPC. Cada año las rentas de alquiler se pueden actualizar. Antiguamente, estas subidas estaban ligadas íntimamente al IPC, pero desde este momento se establece que las actualizaciones quedarán ligadas a unos índices específicos. Funcionarán de la siguiente manera: Para 2023, el índice de actualización será del 2%. Para 2024, el índice de actualización será del 3%. Del 2025 en adelante, se establecerán nuevos índices de referencia que irán por debajo del IPC. 3. Regulación de los alquileres en zonas tensionadas. Cada comunidad autónoma, junto al trabajo de los ayuntamientos, podrá establecer distintas áreas (regiones, municipios, barrios o micro-zonas) tensionadas. ¿Qué significa esto? En estas áreas, se establecerá un control y limitación de los precios de alquiler. Este límite podrá verse reflejado en áreas con mucha demanda como, por ejemplo, Málaga. 3.1 ¿Cuáles son los requisitos para declarar que una zona está tensionada? Que el gasto medio de la hipoteca o del alquiler en una zona, con suministros incluidos, supere el 30% de los ingresos medios de la zona. Que el precio por la compra o alquiler en una zona haya superado en más de 3 puntos el IPC durante los últimos cinco años. Tendrá que ser el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana el organismo encargado de ratificar trimestralmente estas zonas tensionadas. No obstante, el primer paso lo deben dar las comunidades autónomas, es decir, pueden no declarar una zona como tensionada a pesar de que se cumplan uno o los dos requisitos. 3.2 ¿Qué ocurrirá en el supuesto de que tu zona se declare tensionada? En relación con la actualización de los alquileres de contratos ya vigentes, tanto grandes tenedores como pequeños propietarios, deberán aplicar por igual las tasas de actualización establecidas en el apartado 2 de este artículo. En relación con la firma de nuevos contratos de alquiler, se actuará de la siguiente forma: Si eres un pequeño propietario, el nuevo contrato de alquiler no podrá tener subidas de precio por encima del índice de actualización del alquiler en relación con el último contrato (por ejemplo, si tu último inquilino abonaba 600€/mes, el nuevo inquilino no podrá pagar una renta de 800€/mes). Los límites establecidos son los siguientes: 2% para 2023, 3% para 2024 y por definir a partir de 2025. Si eres un pequeño propietario, el nuevo contrato de alquiler no podrá tener subidas de precio por encima del índice de actualización del alquiler en relación con el último contrato (por ejemplo, si tu último inquilino abonaba 600€/mes, el nuevo inquilino no podrá pagar una renta de 800€/mes). Los límites establecidos son los siguientes: 2% para 2023, 3% para 2024 y por definir a partir de 2025. 4. La figura del gran tenedor podrá cambiar en algunas comunidades autónomas. Las comunidades autónomas podrán considerar gran tenedor a aquellos arrendadores con 5 o más viviendas situadas en una zona tensionada (actualmente, el gran tenedor es aquel con 10 propiedades o más). 5. Se prohíben los “acuerdos entre las partes” que vayan en contra de la ley. A partir de ahora, no se podrán establecer cláusulas en los contratos privados de arrendamiento que vayan en contra de lo establecido en la ley. Por lo tanto, cualquier cláusula que contradiga lo publicado en el BOE se considerará nula. 6. No se pueden aumentar los alquileres con gastos extras. En el precio de alquiler, no se podrán incluir gastos extras que no hayan quedado recogidos anteriormente en el contrato. En concreto, se mantiene parte del artículo veinte de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que establece que «las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario». En resumen, deja la posibilidad a que gastos como la cuota de comunidad de vecinos, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o el tributo de basuras puedan ser cargados al inquilino si así lo acuerdan antes de firmar el contrato. 7. Cambios en las prórrogas de los contratos. Prórroga extraordinaria de un año para grandes tenedores si el arrendatario acredita que se encuentra en una situación de vulnerabilidad que deben acreditar los servicios sociales. Prórroga extraordinaria de hasta tres años en zonas tensionadas, aplicada a grandes tenedores y pequeños propietarios, en el que se han de mantener las mismas condiciones del contrato en vigor. 8. Nuevas medidas que afectan a los desahucios. Respecto a la ley anterior, se han establecido unos cambios significativos: Para realizar un desahucio, se ha de establecer una fecha concreta de ejecución. Habrá nuevas prórrogas en los procedimientos de lanzamiento, lo cual puede demorar los procesos de desalojo. Para que una demanda de desahucio sea admitida, primero se ha de: Demostrar que la vivienda constituye la vivienda habitual de quien vive en ella. Determinar si el propietario es un gran tenedor o pequeño tenedor. Si estamos ante un gran tenedor, deberás acreditar que la persona que vive en la vivienda no es una persona vulnerable y en caso de serlo, se ha de probar que se ha intentado un proceso de mediación antes de interponer la demanda. 9. Beneficios fiscales para pequeños propietarios en zonas tensionadas. Dado que se van a realizar unas limitaciones de precios en las zonas declaradas como tensionadas, el gobierno propone una serie de beneficios fiscales para animar a los propietarios a poner sus viviendas en alquiler. Serían las siguientes medidas: Bonificación del 50% para aquellos propietarios que pongan su vivienda en alquiler. Bonificación del 60% si se ha hecho alguna rehabilitación en la propiedad. Bonificación del 70% en caso de que: Si se alquila a jóvenes de entre 18 y 35 años por primera vez. Si se usa la propiedad como alquiler social, es decir, que se alquila por un importe inferior al establecido en el programa de ayudas al alquiler del plan estatal de vivienda. Bonificación del 90% en el puesto de que la renta se haya rebajado más de un 5% en relación con la renta del último contrato aplicado a la misma vivienda. 10. Recargo en el IBI para viviendas vacías. Para evitar que muchas viviendas se queden vacías, los Ayuntamientos tendrán la posibilidad de imponer un recargo de hasta el 150% en el IBI a aquellas propiedades que lleven más de 2 años vacías y pertenezcan a propietarios con más de cuatro viviendas en el mismo municipio.        Así que tus ¡'sospechas son reales: todas estas medidas van a afectarte directamente tanto si eres inquilino como si eres propietario. Para estar al tanto de los cambios que afectan a tu municipio en materia de zonas tensionadas y límites de precios, te recomendamos acudir a una agencia inmobiliaria especializada en la zona. Si tienes dudas sobre la situación de Málaga, aquí te dejamos el número de WhatsApp directo para hablar con el departamento de alquiler.
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    2023-10-26
    Al aceptar la herencia de una vivienda en Málaga, debes ser consciente de que estás asumiendo el pago de impuestos por esta ganancia patrimonial. ¡Las dos caras de una misma moneda! Cada región se rige por sus propias leyes, que varían además en base al valor de la propiedad y la relación con el difunto. ¿Sabes qué impuestos pagar al heredar en Málaga? Con una simple lectura, queremos que conozcas cuáles son los impuestos a pagar al heredar una vivienda en Málaga, cómo se calculan y cuáles son las exenciones y bonificaciones disponibles. Repasemos en profundidad todo acerca del Impuesto de Sucesiones y Plusvalía Municipal en Málaga.        1.Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La primera pregunta que te harás es: ¿qué es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones? Es un impuesto estatal que se aplica tanto en herencias como en donaciones. El importe a pagar varía en función de 3 componentes: El valor de la vivienda o herencia. El parentesco del difunto y el heredero. ¿Cuáles son estos grados? Grado I. Cónyuges, padres e hijos naturales o adoptivos del fallecido. Grado II. Hermanos, cuñados, abuelos y nietos del fallecido. Grado III. Tíos, bisabuelos, bisnietos y sobrinos del fallecido. Grado IV. Primos y tíos abuelos del fallecido. La Comunidad Autónoma donde se encuentra la vivienda. En el caso de Málaga, la Junta de Andalucía. 1.1 Cómo funciona el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Málaga. Este impuesto cuenta con las siguiente bonificaciones y exenciones en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Bonificación del 99% para los cónyuges o parejas de hecho, ascendientes y descendientes directos del fallecido para herencias con un valor inferior a 1.000.000€. Este es el caso más común y en el que probablemente te encuentres tú. Para evitar el endeudamiento de familias andaluzas, se implantó esta bonificación a la que, además de ser necesario cumplir los requisitos anteriores, solo pueden acogerse herederos con un patrimonio preexistente menor de 1 millón de euros. Reducción de hasta 250.000€ para parientes de 2º y 3º grado de consanguinidad como hermanos, tíos y sobrinos si su patrimonio antes de la herencia era igual o inferior a 1.000.000€. Bonificación de hasta el 99% para allegados al fallecido con discapacidad de más de un 33%, siempre y cuando la herencia sea inferior a 1.000.000€. Reducciones por vivienda habitual. Además de las bonificaciones anteriormente mencionadas, se realizan reducciones a partir del valor real neto de la vivienda habitual heredada siempre que el heredero establezca la vivienda como residencia habitual durante los 3 siguientes años al fallecimiento. Es necesario además cumplir uno de estos dos requisitos: Formar parte del Grupo I y II de parentesco: cónyuges o parejas de hecho, ascendientes o descendientes directos. Ser pariente colateral y haber convivido los dos últimos años con el fallecido.   Valor real neto de la vivienda habitual % de reducción tributaria Hasta 123.000€ 100% De 123.000,01€ a 152.000€ 99% De 152.000,01€ a 182.000€ 98% De 182.000,01€ a 212.000€ 97% De 212.000,01€ a 242.000€ 96% Más de 242.000€ 95% 2. Plusvalía Municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana. ¡El impuesto que hay que pagar cada vez que una propiedad cambia de dueño! Es un gravamen asociado al incremento del valor de los terrenos dentro de un municipio, por lo que es una tasa a liquidar con el ayuntamiento de tu ciudad. ¿Cuáles son los dos factores que determinan este impuesto? El valor catastral del terreno, que aparece reflejado en las facturas del IBI. El número de años transcurridos desde la adquisición del inmueble por el antiguo propietario. La cantidad a abonar, por tanto, se calcula multiplicando el número de años transcurridos desde la compra del inmueble hasta la herencia, por un coeficiente que establece el Ayuntamiento de Málaga o de tu localidad. Puedes leer más información sobre cómo funciona la plusvalía municipal en el siguiente artículo: cómo funciona la plusvalía municipal. Si te estás preguntando qué documentación entregar para liquidar este impuesto, te la indicamos a continuación: una copia simple original de la adjudicación de herencia. Si no existe este documento, será necesario el certificado de defunción, certificado de actos de última voluntad, testamento, copia de liquidación de Impuesto de Sucesiones y Donaciones y copia de los títulos de adquisición del inmueble.        ¿Hay más gastos asociados a la herencia? ¡Por supuesto! Además de “saldar cuentas con la administración”, incurrirás en otros gastos, como: Abogados para la tramitación de la herencia que te ayudarán en el proceso de aceptación de la herencia. La cuantía de sus honorarios dependerá de factores como la existencia o no de testamento, el número de herederos, la complejidad del caso y la cantidad o bienes a heredar. Notaría. Será necesario acudir a un notario para realizar el reparto de bienes y adjudicación de la herencia y la declaración de herederos. Registro de propiedad. Una vez hayas liquidado los impuestos anteriormente mencionados, será necesario registrar las propiedades a nombre de los herederos. Pero, ¡tenemos una buena noticia para ti! Ahora tramitar tu herencia te puede salir gratis: rellena este formulario para conocer cómo podemos gestionar tu herencia y pronto nos pondremos en contacto contigo.
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    2023-04-14
    Antes de visitar una vivienda VPO de segunda mano, debes saber que no se trata de una vivienda usual: como comprador, debes cumplir una serie de requisitos para su transmisión. ¡No todo el mundo puede acceder a ellas! ¿Quieres saber si tú podrías adquirir una? Antes de arrancarte a leer este artículo, puede que te hayas preguntado: ¿qué es una vivienda VPO? Una VPO es una vivienda que tiene un precio limitado, gracias a que está en parte subvencionada por las Administraciones públicas. Este tipo de casas existen con el fin de garantizar el acceso a una vivienda digna para personas de bajos o medianos ingresos. La venta de una VPO no es una transacción sencilla. Sin embargo, la ecuación coste-beneficio arroja un saldo positivo para cualquier comprador que se aventure a adquirir una.        1. ¿Es posible comprar una VPO de segunda mano? ¿Has visto en Idealista algún anuncio que indique que el anuncio se trata de una VPO? Es real. No te asustes: es posible vender una VPO en Málaga, aunque con limitaciones. Los principales maneras de vender una VPO son las siguientes: Pasado el periodo de calificación de la VPO, la vivienda pasa a ser libre y se puede vender como un inmueble más. Es decir, las VPO tienen “fecha de caducidad” que en Andalucía suelen ser los 30 años. El propietario solicita la descalificación de la vivienda, lo que supone que ha transcurrido el plazo mínimo para presentar la solicitud, el préstamo de la vivienda ha sido amortizado y además va a devolver las ayudas correspondientes junto a intereses. Sin aún haber pasado el periodo de calificación VPO, el propietario puede haber solicitado el permiso a la administración para su venta y devolviendo las ayudas con intereses. Las razones más habituales para pedir este permiso son traslados a otra localidad por trabajo, aumento de la unidad familiar, la existencia de una persona con necesidades especiales o discapacidad. Es el último caso el que nos atañe en este caso, pues la vivienda seguiría siendo de protección oficial y no de venta libre. 2. ¿Qué requisitos debes cumplir para comprar una VPO de segunda mano en Málaga? ¡Nos metemos en materia! Vamos a desvelarte cuáles son los requisitos y condiciones para poder optar a una VPO y cómo hacerlo. Si quieres adquirir una vivienda VPO de segunda mano tienes que saber que existen ciertos requisitos que has de cumplir para poder optar a conseguir tu futura casa: Antes de empezar el proceso de búsqueda o compra, debes inscribirte en los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida del Ayuntamiento de Málaga. Pero, además de ese paso tan necesario, tienes que: No ser titular de otra vivienda libre o VPO, salvo excepciones previstas legalmente por motivos justificados de necesidad de vivienda. Esta norma es extensible a los miembros de tu unidad familiar. La vivienda ha de destinarse a vivienda habitual y permanente. No superar un cierto nivel de rentas establecido por cada comunidad autónoma. Los ingresos familiares ponderados no podrán en ningún caso superar los ingresos máximos que el Plan autonómico de vivienda fije para el programa asimilable de la vivienda que se va a adquirir. El actual plan establece los siguientes límites de ingresos: 3.00 IPREM para Régimen Especial. 4.00 IPREM para Régimen General si es de promoción pública. 4.00 IPREM, durante los primeros 15 años, si es de Régimen General de protección privada y transcurrido ese periodo, el 5.5 IPREM. 5,50 IPREM para Precio Limitado. Para saber si puedes superar este requisito deberás multiplicar el IPREM vigente por el límite que pertenezca a tu caso. Por ejemplo, si hablamos de régimen especial, deberás multiplicar el citado valor por 3.00 y comprobar si tus ingresos anuales, de acuerdo a la declaración de la renta, superan esta cuantía. 3. Consideraciones y características al adquirir una vivienda VPO en Málaga. Como estas viviendas están financiadas parcialmente por la administración correspondiente, están regidas por unas normas muy estrictas. ¡Y debes conocer toda esa letra pequeña que acompaña una VPO! Te destacamos varias de los aspectos de una VPO más relevantes: Las viviendas VPO tienen un precio máximo de venta, que se solicita a la Junta de Andalucía en nuestro caso. Una vivienda VPO se ha de transformar en tu residencia habitual. No puede ser usada como segunda vivienda y de hecho, no te van a permitir adquirir una VPO si ya tienes otra vivienda en propiedad, pues el fin de este tipo de propiedades es ayudar a quienes no disponen de casa en propiedad. Como propietario, durante el periodo de protección, no puedes vender la vivienda libremente. Normalmente la duración de protección de una vivienda de VPO en Andalucía es de 30 años, pero a partir de los 10 años puedes vender al precio máximo que fije la Junta de Andalucía, que varía dependiendo de la tipología de VPO de la que se trate.        ¿Si crees que cumples todos los requisitos o has visto una vivienda VPO que encaja con tus expectativas, no dudes en consultar a nuestro experto en VPO sobre cómo realizar todos los trámites para su compra:
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    2023-03-13
    El sueño de muchos españoles es contar con una vivienda para alquilar que te proporcione unos ingresos pasivos extra. Si estás barajando esa posibilidad, no des el paso de comprar una vivienda sin averiguar cómo de rentable es. Para averiguarlo, lee esta guía en la que te explicamos qué es y cómo calcular la rentabilidad de un alquiler. Invertir en una vivienda es una decisión trascendental para tu vida. Una compra no se puede tomar a la ligera: debes basar tus decisiones en las matemáticas. Siempre le explicamos a los futuros compradores que no es lo mismo comprar un hogar, donde es importantísimo sentir una conexión con la propiedad, que invertir. Si quieres apostar por el mundo del alquiler, tu lado más emocional tiene que desaparecer para dar paso a una mente más crítica y empresarial, teniendo en cuenta factores como la rentabilidad bruta y neta, conceptos que te explicaremos más adelante. Así que abre la calculadora y acompáñanos repasando todos los conceptos básicos para calcular la rentabilidad de tu alquiler con unos cálculos sencillos.        1.¿Qué es la rentabilidad de un alquiler? Cuando hablamos de rentabilidad de alquiler, nos referimos al término que relaciona el coste de una inversión con los beneficios futuros que vamos a obtener. Es decir, estamos hablando del rendimiento económico que vas a obtener una vez tengas alquilada tu vivienda como alquiler de larga temporada o vacacional. Lo positivo es que este cálculo lo puedes realizar antes de realizar la inversión, lo cual te ayudará a tomar una decisión más acertada. 1.1 ¿En qué nos ayuda conocer la rentabilidad de una vivienda de alquiler? Para predecir a medio plazo cómo de rentable será invertir en un activo u otro si estás dudando entre varias opciones. Para averiguar cuál es el precio máximo que puedes pagar por una vivienda, teniendo en cuenta cuál es el coste que pagarás por ella y cuánta rentabilidad obtendrás de cara al futuro. Para calcular si es más adecuado seguir manteniendo una vivienda como alquiler o venderla según tus necesidades y en base a las fluctuaciones del mercado inmobiliario. 2. Qué es y cómo se calcula la rentabilidad bruta de una vivienda en alquiler. La rentabilidad bruta es un concepto que relaciona el coste de la vivienda (o coste de la inversión) con el beneficio que obtenemos. La rentabilidad se mide en porcentaje, siendo el resultado de la siguiente fórmula: Rentabilidad bruta = Ingresos del alquiler anuales/precio de la vivienda x 100 Tenemos que dividir los ingresos que recibiremos anualmente por alquilar esa vivienda por el precio al que compramos la propiedad, y finalmente multiplicar el resultado por 100. Te dejamos a continuación un ejemplo de cómo sería un cálculo real de una vivienda en Málaga: Imagina que eres propietario de una vivienda de 2 dormitorios en el centro de Málaga que alquilas por 800€ al mes, lo que se traduce en 9600€ anuales. El coste de la vivienda, cuando la compraste, fue de 150.000€. Por lo que dividiremos 9600€ / 150.000€ y lo multiplicaremos por 100, siendo el resultado una rentabilidad del 6’4%. ¿Es ese cálculo real? No del todo, por lo que ya te podrás estar imaginando: no se tienen en cuenta otros gastos asociados a la compra, gastos fijos y al mantenimiento de la casa (reparaciones, por ejemplo). 3.Qué es y cómo se calcula la rentabilidad neta del alquiler. La rentabilidad neta de un alquiler es un porcentaje más realista de los beneficios reales que obtienes alquilando tu vivienda, pues tiene en cuenta cuánto ganas al alquilar la propiedad pero se le restan los gastos fijos (anuales o mensuales) a los que te enfrentas. ¿Qué gastos se tienen en cuenta entonces? Al precio de la vivienda se le suman los gastos iniciales de la inversión (como la notaría, por ejemplo) y a los beneficios anuales se le restan los gastos fijos y de mantenimiento que abonas cada año. La fórmula quedaría expresada del siguiente modo: Rentabilidad neta = ( Ingresos del alquiler anuales - gastos de mantenimiento y fijos) / (precio de la vivienda + gastos de compra) x 100 3.1 ¿Cuáles son los gastos de la inversión o compra? En este saco podemos meter todos los gastos que vienen ligados a una compra. Podríamos destacar los siguientes: Impuesto de Transmisión Patrimonial (ITP) si se trata de una vivienda de segunda mano o IVA si es de nueva construcción. Notaría. Registro de la propiedad. Gestoría o comisión a agencia inmobiliaria. Los gastos asociados a la hipoteca, en caso de necesitarla. Inversión en mobiliario o reformas para acondicionar la propiedad. Esta cantidad se la debemos sumar al precio inicial de la vivienda. Continuando con el ejemplo anterior, el piso en el centro de Málaga que nos costó inicialmente 150.000€, tiene asociados 35.000€ de gastos iniciales, por lo que su valor real es de 185.000€. 3.2 ¿Cuáles son los gastos fijos y de mantenimiento de una propiedad? Cada año, debes volver a recalcular estas cifras, pues variarán bastante teniendo en cuenta las necesidades de la propiedad. Tenemos por un lado los gastos fijos, en los que agrupamos las siguientes partidas: El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). El seguro de hogar, el seguro de impago o cualquier otro seguro asociado a la propiedad. La cuota de la comunidad. La cuota de la hipoteca, si tuviste que solicitarla en su momento para finalizar la compra o su reforma. Por otro lado, tenemos los gastos de mantenimiento que están ligados a conservar la propiedad en buen estado: Derramas para el buen mantenimiento del bloque y la comunidad. Reparaciones de la propiedad por averías o incidentes imprevistos. Gastos de limpieza, pintura o reparación si el inquilino se marcha. 3.4 ¿Cómo se calcula la rentabilidad neta? Continuando con el ejemplo anterior, calculemos los gastos para que puedas comprender cuál sería la rentabilidad de una vivienda. Supongamos que los gastos fijos anuales son los siguientes: 400€ en gastos de comunidad, 370€ en cuotas de seguros, 320€ en gastos de IBI y 3840€ anuales de hipoteca. A esta cifra se le suman los gastos imprevistos: 330€ por el cambio de una lavadora que dejó de funcionar. A los beneficios que calculamos anteriormente de 9600€ le tendríamos que restar estos gastos fijos y de mantenimiento, lo que significa que los beneficios reales serían de 4.430€. Esta cantidad la dividimos entre el precio real de la propiedad (185.000€ tras gastos de compra y reformas) y lo multiplicaremos por 100, obteniendo una rentabilidad neta del 2,39%.        ¿Cómo sabes cuándo la rentabilidad obtenida es la óptima? Todo depende de cuáles son tus expectativas y además, cada zona arroja rentabilidades distintas. Para optimizar los resultados de este cálculo y tomar la decisión correcta, te recomendamos asesorarte por un agente del comprador y un agente de alquiler especializado en la zona de búsqueda para que puedan afinar los resultados, y de este modo, tu decisión sea más acertada.
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